La Ley de Educación para el Estado de Tlaxcala, aprobada el pasado 19 de mayo por los integrantes de la LXIII Legislatura, es legal, así lo resolvieron los Juzgados de Distrito en el estado de Tlaxcala, al considerar la improcedencia de dos juicios de amparo promovidos contra el Decreto en mención.

En los Juicios de Amparo Indirectos 309/2020 y 444/2020 los quejosos se inconformaron en contra de diversos artículos de la nueva Ley de Educación, recursos que fueron sobreseídos luego del Informe con justificación que rindió la Presidencia de la Mesa Directiva del Congreso del Estado a través de la Dirección Jurídica.

Por lo anterior, la Ley que tiene como uno de sus propósitos principales alcanzar una educación de excelencia para los niños, las niñas y los jóvenes tlaxcaltecas, se mantiene firme en los términos en los que se aprobó, lo cual, da cuenta que los actos que aprueba el Congreso del Estado están apegados a la legalidad.

La Ley conserva el derecho a la educación, plantea el reconocimiento de los docentes como agentes fundamentales en el proceso educativo, incluye mecanismos de coordinación entre la autoridad federal y el Estado; la inclusión de una educación indígena, bilingüe y bicultural, así como el establecimiento de los Consejos de participación escolar.

De la misma manera, contiene la armonización de la ley local con las disposiciones federales y establece un instrumento jurídico que pone en marcha el nuevo sistema educativo en la entidad, a fin de alcanzar la excelencia educativa.

El ordenamiento de 11 títulos con 192 artículos, abraza el espíritu de la Reforma Constitucional de 2019 y la esencia de la Ley General de Educación, por lo que el nuevo marco jurídico sienta las bases para la cobertura universal de la educación, pues se establece la garantía para que las personas cursen desde la educación inicial hasta la superior.

La legislación permitirá a la sociedad el acceso equitativo y de excelencia a los servicios educativos, así como el otorgamiento de becas a los educandos que estén en peligro de deserción escolar por motivos económicos.

Además de prever el otorgamiento de incentivos a las maestras y maestros que presten sus servicios en zonas de alto índice de vulnerabilidad, se establece de forma gradual y progresiva la suficiencia presupuestal, incluyendo la perspectiva de género, como política transversal que permita cerrar las brechas de desigualdad entre hombres y mujeres.

Por otra parte, reconoce a la educación multigrado por primera vez, para su fortalecimiento y aprovechamiento de experiencias pedagógicas. Se reconoce a los Consejos Técnicos Escolares como órganos colegiados de decisión técnico pedagógica de cada plantel educativo.

La Ley contempla la creación de un Comité de Planeación y Evaluación, mismo que tendrá a su cargo formular un programa de mejora continua que contemple, de manera integral, la infraestructura, el equipamiento, el avance de los planes y programas educativos, la formación y prácticas docentes, la carga administrativa, la asistencia de los educandos, el aprovechamiento académico, el desempeño de las Autoridades Educativas y los contextos socioculturales.

De la misma manera y con el propósito de fomentar la participación social en el fortalecimiento y mejora de los espacios educativos, su mantenimiento, así como la ampliación de la cobertura de los servicios, la Secretaría de Educación, en coordinación con las dependencias federales respectivas, emitirán los lineamientos de operación de los Comités Escolares de Administración Participativa,  para cada plantel de educación básica y, en su caso, educación media superior, en los que se deberá incluir los mecanismos de transparencia y eficiencia de los recursos asignados.

En este sentido, con las sentencias dictadas por el juez federal, se valida que la actuación de la LXIII legislatura, en relación a la nueva Ley de Educación, es constitucional.