Durante la vigésima sexta sesión ordinaria del Congreso del Estado, las y las legisladores integrantes de la LXIV Legislatura aprobaron por mayoría de votos la iniciativa con proyecto de decreto, por el que se realizan diversas disposiciones y reformas a la Ley de Instituciones y Procedimientos Electorales para el Estado de Tlaxcala, la Ley de Medios de Impugnación en Materia Electoral para el Estado de Tlaxcala y de la Ley Orgánica del Tribunal Electoral de Tlaxcala.

Del dictamen presentado por las Comisiones Unidas de Puntos Constitucionales, Gobernación y Justicia y Asuntos Políticos y la de Asuntos Electorales, que presiden los legisladores Lenin Calva Pérez y Juan Manuel Cambrón Soria, en el cual se destacó que a raíz de la pandemia de Sars-Cov 2, la utilización de nuevas medidas y medios digitales resultó de suma importancia para realizar actividades de la vida cotidiana, y las cuales en la actualidad están siendo a trasladadas a modalidades mixtas o totalmente en línea, por lo que resulta necesario legislar a favor de la implementación de estas medidas en caso de alguna situación de riesgo o como incorporación a estas modalidades.

Es por ello, que se determinó procedente realizar la adición de un párrafo segundo al artículo 382 de la Ley Instituciones y Procedimientos Electorales del Estado de Tlaxcala, la adición de un párrafo tercero al artículo 12 de la Ley de Medios de Impugnación en Materia de Electoral para el Estado de Tlaxcala y la adición de una fracción V bis al artículo 5, y dos fracciones para ser las fracciones X y XI, recorriéndose la actual fracción X, al artículo 12 de la Ley Orgánica del Tribunal Electoral de Tlaxcala.

De esta manera, se establece que el procedimiento especial sustanciador podrá sustanciarse y resolverse  en forma electrónica, mediante el uso de las tecnologías de la información y de la comunicación, y serán el Instituto Tlaxcalteca de Elecciones y el Tribunal Electoral quienes emitan los lineamientos dentro del ámbito de sus competencias,  así mismo se considera  que el juicio el línea, sea entendido como aquel que se activa, tramita, sustancia y resuelve por vía electrónica, conforme a la normatividad aplicable y se considera necesaria la asesoría y orientación técnica e impartición de talleres especializados a la ciudadanía interesada en los juicios en línea que el Tribunal implemente.

Con esto se refuerza y se le da atención legislativa a la urgencia de trasladar a los medios digitales acciones fundamentales para garantizar la democracia y participación ciudadana en el Estado.